La norma federal que requiere que todos los operadores de camiones utilicen ELDs será publicada este viernes. La norma entrará en vigor el 11 de Diciembre del 2017; todos los dispositivos de ELD deben estar instalados y en uso en ese momento, lo que da a los operadores una ventana de 2 años para cumplir con la  norma. La FMCSA afirma que la norma le ahorrara a la industria camionera $ 1 billón por año, como resultado de tiempo y dinero que se ahorra en papeleo. También sugieren que esta medida salvara aproximadamente 30 vidas y evitara 550 lesiones por año. A continuación, los aspectos clave de la regla ELD:

Requisitos de la regla

Al iniciar el uso de un ELD, ya no serán necesario que los conductores a conserven y continúen los registros de papel. Sin embargo, tendrán la obligación de mantener todos los documentos  y comprobantes y entregarlos a la compañía transportista, y los propietarios-operadores,  de mantenerlos  guardados en un expediente. La nueva regla ELD requiere que los conductores que actualmente utilizan registros de papel, cambien a registros electrónicos, con algunas excepciones:

  • El mandato no se aplicará a los camioneros que operan vehículos de modelo más antiguo del 2000 (esta es una excepción más reciente que se añadió después de que se propuso la versión de la norma en el año 2014).
  • El mandato no se aplicará a los conductores que mantienen registros de estatus de horas de servicio de 8 o menos días de cada 30 días hábiles.
  • El mandato no se aplicará a los conductores que operan como remolques o grúas.

Requisitos de los dispositivos

Los dispositivos electrónicos que cumplen con los estándares mínimos establecidos no requerirán dar información sobre la localización de un camión o conductor en tiempo real, ni tampoco requerirían incluir capacidades de comunicación entre el conductor y despachador.

Los dispositivos SI deben:

  • Automáticamente registrar fecha, tiempo y ubicación.
  • Automáticamente registrar horas de uso del motor, millas del vehículo.
  • Registrar información de identificación del conductor que está utilizando el dispositivo.
  • Sincronizarse con el motor del vehículo al cual corresponde para registrar tiempos de encendido y apagado del motor.
  • Presentar una gráfica de los cambios de estatus de horas de servicio del conductor, ya sea que se muestre en un monitor del dispositivo o en copia impreso.
  • Capacidad para transferir información durante las inspecciones de carretera bajo demanda del inspector. Esto debe realizarse mediante cualquier servicio de Red Wireless, email, USB o Bluetooth.

Requisitos de Documentos y Comprobantes 

Ya no se requerirá que los conductores mantengan sus registros en papel. Sin embargo, deben tener un máximo de 8 documentos de apoyo, ya sea electrónicamente o en papel, por cada período de 24 horas que incluya horas en servicio.  Asimismo, deberán presentar estos documentos de apoyo a su empresa transportista dentro de los siguientes 13 días de su recepción, y se requiere que las empresas de transporte guarden estos documentos durante 6 meses. Si un transportista presenta más de 8 documentos para un período de 24 horas, la empresa transportista debe mantener el primer y el último documento del día, y otras seis adicionales.

Los documentos de apoyo incluyen:

  • BOLS, itinerarios, horarios
  • Documentos de dispatch, o registros del viaje
  • Recibos de gastos
  • Registros de comunicación electrónica móvil enviados a través de sistemas de manejo de flotas
  • Comprobantes de pago, confirmaciones de tarifas

Una vez que la norma entre en vigor el 11 de Diciembre del 2017, será ilegal que las empresas transportistas, intermediarios o cualquier otra de las partes interesadas de la industria utilicen los dispositivos para acosar o coaccionar a los conductores; un sistema será desarrollado para que los conductores reportan estos casos, y se dictaran las multas para sancionar a quienes cometan acoso.

 

Referencias consultadas

http://www.ccjdigital.com/electronic-logging-device-mandate-set-for-publication-will-take-effect-dec-2017/ – accessed Diciembre 10, 2015

Atención Transportistas: El mandato sobre Los Dispositivos Electrónicos de Registro (ELD) entra en vigor en Diciembre 2017 was last modified: by